Declaración de la renta para autónomos

Se acerca la temporada de declaración de la renta 2023 y esta obligación se extiende a todos los contribuyentes que obtuvieron rentas por su trabajo o su actividad económica durante este último año.

Presentar la declaración de la renta de autónomos es una obligación que deben cumplir aquellos que durante el ejercicio fiscal anterior (2023) estuvieron trabajando por cuenta propia.

En realidad, la obligación se extiende a todos los contribuyentes que obtuvieron rentas por su trabajo o su actividad económica, así como rendimientos de su capital mobiliario o inmobiliario y pérdidas o ganancias patrimoniales. Pero la renta de los autónomos tiene algunas peculiaridades que es importante conocer.

Qué es la declaración de la renta

La Constitución impone a los ciudadanos la obligación de contribuir al sostenimiento del gasto público a través del pago de impuestos. Siempre de forma proporcional a la capacidad económica de cada persona.

El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es un tributo que grava la obtención de rentas. De cara a la campaña de la renta 2024, en la que se va a liquidar el impuesto correspondiente al ejercicio de 2023, todos aquellos que obtuvieron el año pasado rentas por encima de 15 876 euros, deben presentar la declaración.

Para qué sirve la declaración de la renta

El IRPF es un impuesto respecto al que se realizan pagos a cuenta a lo largo del año. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, esos pagos a cuenta o anticipados se realizan a través de la retención que su empleador practica en su nómina e ingresa directamente en Hacienda.

Los trabajadores por cuenta propia efectúan los pagos a cuenta mediante la presentación de autoliquidaciones trimestrales del IRPF. 

La declaración de la renta se encarga de computar las cantidades que se abonaron a cuenta del pago anticipado del IRPF durante el ejercicio fiscal a liquidar. Con el fin de ver si se ha pagado de más, de menos, o se ha pagado lo justo.

Si el autónomo ha pagado de más a través de sus autoliquidaciones trimestrales, tendrá derecho a recibir una devolución por parte de Hacienda. Si ha pagado de menos, tendrá que abonar a la Administración Tributaria la cantidad que corresponda. En caso de que haya pagado lo justo, no tendrá que pagar nada y tampoco tendrá derecho a una devolución.

La declaración de la renta de los autónomos sirve, por tanto, para calcular si el contribuyente tiene que pagar o recibir dinero como consecuencia de lo que ha adelantado como pago de su IRPF.

Qué autónomos están obligados a hacer la declaración de la renta en 2024

¿Si soy autónomo tengo que hacer la declaración de la renta? La respuesta a esta duda es “sí”. Con los últimos cambios producidos en la normativa fiscal, los autónomos están obligados a hacer la declaración de la renta ganen lo que ganen con su actividad, incluso si han tenido pérdidas.

Todos aquellos que durante el año 2023 estuvieron de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, tienen que presentar la declaración de la renta en la campaña 2024.

El Real Decreto-ley 13/2022 estableció un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia, basado en ingresos reales. Para que la Seguridad Social pueda saber a ciencia cierta cuánto ha ganado cada profesional por cuenta propia y cuánto debería haber cotizado realmente, tiene que estar al tanto de sus ingresos y, para eso, va a consultar la declaración de la renta de los autónomos.

Esto implica que todos los autónomos tienen ahora la obligación de presentar la renta, con independencia de los beneficios que hayan obtenido con su actividad. Incluso si han tenido pérdidas, deben presentarla. Porque esta es la única manera que tiene la Agencia Tributaria de acceder a la información completa que es necesaria para comprobar y verificar los datos aportados por los autónomos a través de sus autoliquidaciones trimestrales.

Con el anterior sistema, solo aquellos autónomos que habían obtenido beneficios superiores a los 1000 euros anuales tenían que presentar la declaración de la renta. Con el nuevo, unos 200 000 profesionales que antes no presentaban declaración de IRPF, este año tienen que hacerlo.

A partir de ahora, para los autónomos la declaración de la renta tiene una doble importancia. Por un lado, determina si hay que pagar más impuestos o se tiene derecho a una devolución. Por otro lado, también va a determinar si se ha cotizado correctamente a la Seguridad Social y, si no es así, puede surgir una deuda con esta entidad.

Plazos para presentar la declaración de la renta de los autónomos

El calendario de la campaña de la renta 2024 se extiende del 3 de abril al 1 de julio. Las fechas importantes a tener en cuenta son las siguientes:

  • 3 de abril. Comienzo del plazo para presentar la renta para todos los contribuyentes.
  • 29 de abril. Inicio del plazo para pedir cita previa para hacer la declaración por teléfono.
  • 7 de mayo. Comienzo del plazo de presentación de la declaración por teléfono.
  • 29 de mayo. Inicio del plazo para solicitar cita previa para hacer la declaración en una oficina de la AEAT.
  • 3 de junio. Comienzo del plazo de presentación de declaración en las oficinas de la AEAT.
  • 26 de junio. Fin del plazo para presentar la declaración por internet si el resultado es a ingresar y se ha domiciliado en cuenta. Último día para solicitar cita previa para hacer la declaración por teléfono o de forma presencial.
  • 1 de julio. Fin del plazo de presentación de la declaración de la renta.

Aunque el plazo para presentar el IRPF es muy amplio, si a un contribuyente se le pasa, puede presentar su declaración de la renta en cualquier momento. Si lo hace antes de que Hacienda se la reclame, se le aplicará un recargo. Si lo hace tras una reclamación de Hacienda, entonces puede tener que pagar una sanción. Por eso, es importante estar al tanto de los plazos de la renta 2024 y presentar el impuesto dentro del tiempo previsto para ello.

Cómo presentar la declaración de la renta

Los contribuyentes pueden hacer su presentación por Internet, por teléfono o acudiendo a una oficina de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Presentación por internet

Los obligados tributarios pueden presentar su declaración a través de Renta Web a partir del 3 de abril. Para ello hay que seguir estos pasos:

  • Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Identificándose mediante certificado electrónico, DNIe o Cl@ve.
  • Acceder al apartado “Renta 2023” y pulsar sobre “Borrador/Declaración (Renta Web)”.
  • Se abre una pantalla con los datos personales. Hay que comprobar que son correctos. Si no es así, se pueden modificar en ese mismo momento. También en este punto hay que elegir si va a optar por tributación conjunta o separada.
  • El programa puede hacer automáticamente los cálculos, pero también existe la posibilidad de modificar la declaración y aportar nuevos datos.
  • Una vez que está todo listo, se pulsa sobre “Presentar la declaración”. Se elige la forma de pago o devolución, los plazos, se indica el IBAN de la cuenta corriente y se pulsa sobre “Aceptar”. Después se firma y se envía la declaración y se obtiene un justificante que acredita que se ha presentado correctamente el impuesto.

Otra alternativa de presentación por internet es utilizar la app de la Agencia Tributaria. Desde el área de tramitación de borrador/declaración se puede acceder al borrador.

Presentación por teléfono

Es posible hacer la declaración de la renta por teléfono. El plazo de presentación se abre el 7 de mayo, pero se puede solicitar cita previa desde el 29 de abril. Obtener esta cita es obligatorio, puesto que sin ella no se puede hacer la presentación del IRPF por vía telefónica.

La cita previa para hacer la declaración de la renta por teléfono se puede obtener a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, de la app de esta Administración, o llamando al 91 290 13 40 o al 901 200 351.

En la fecha acordada, la Agencia Tributaria llama al contribuyente desde el 810 520 052, o del 917 276 222 si el contribuyente está en el extranjero.

Para poder hacer la declaración de este modo, es importante tener preparada toda la documentación necesaria.

Presentación presencial

La última opción es acudir a una oficina de la AEAT y que sea un técnico el que elabore la declaración de la renta del contribuyente.

Esta opción está disponible a partir del 3 de junio, pero se puede pedir cita desde el 29 de mayo, por los mismos canales que hemos señalado antes.

Novedades a tener en cuenta en 2024 en la declaración para autónomos

Una de las principales novedades ya la hemos visto. Es el hecho de que la obligación de presentar el IRPF se extiende a todos los que estuvieron de alta en el RETA en 2023, con independencia de los ingresos obtenidos con su actividad.

Otra de las novedades destacadas es que se incrementa la deducción por gastos de difícil justificación, que pasa del 5 % al 7 % para autónomos que tributan en el IRPF por estimación directa simplificada. Sin que en ningún caso esta deducción pueda superar los 2000 euros al año.

En el tramo autonómico de la declaración de la renta, algunas comunidades autónomas aplican en este ejercicio una deflactación:

  • Comunidad de Madrid. Se aplica una deflactación del 3,1 % en todos los tramos.
  • País Vasco. Un 2,5 %.
  • Aragón. Aplica un 5 % en los tramos hasta 50.000 euros.
  • Navarra. 4 %.
  • Canarias. 1 %.

A ello se suma que se aumenta el límite de deducción por aportaciones a planes de pensiones de empleo para autónomos. El profesional por cuenta propia puede deducirse hasta 1.500 euros al año por aportaciones a un plan de pensiones individual, y hasta 4250 euros por aportaciones a un plan de pensiones de empleo para autónomos. En total, se puede deducir 5750 euros al año.

Debido al auge de las criptomonedas, se han producido cambios en su tributación. Aquellos inversores que tengan criptomonedas en el extranjero por valor superior a los 50 000 euros deben cumplimentar el modelo 721. Si no lo hacen, se exponen a multas de hasta 200 000 euros.

declaracion de la renta

Preguntas frecuentes

Aquí tienes respuesta a dos de las dudas más comunes que surgen al analizar un ejemplo de declaración de la renta de autónomo, y que tienen aplicación a la hora de presentar este impuesto.

Qué secciones o casillas hay que seleccionar como autónomo

Estar al tanto de cuál es la casilla de la cuota de autónomo es importante para poder cumplimentar bien la declaración de la renta. 

La comunicación de ingresos y gastos de la actividad se hace a través de los siguientes apartados del modelo 100:

  • D1. Para los autónomos que están en régimen de estimación directa normal o simplificada. Está en la página 8 del formulario y recoge todos los ingresos y gastos anuales de la actividad, calculando el resultado final por la diferencia entre ambos.
  • D2. Para estimación objetiva o por módulos. Esta casilla está en la página 9 del modelo 100 y basta con identificar la actividad por su epígrafe del IAE e incluir las cantidades que corresponden a cada módulo. El programa se encarga de hacer el cálculo de forma automática.
  • D3. Para los supuestos de estimación objetiva de actividades agrícolas, ganaderas y forestales. La casilla D3 está ubicada en la página 10 del formulario, y para rellenarla basta con indicar el importe total de ingresos anuales por la venta de cada tipo de producto agrícola, ganadero o forestal. 

¿Puedo solicitar el borrador de la renta para autónomo?

Sí, pero el borrador de los autónomos siempre está incompleto, porque Hacienda no tiene todos los datos sobre los ingresos y los gastos de la actividad. Lo recomendable en estos casos es hacer la declaración de la renta de los autónomos paso a paso, incluyendo las cantidades exactas que se han reflejado en la contabilidad. Además, es fundamental conservar las facturas emitidas y recibidas por un plazo de cuatro años, a fin de poder justificar ingresos y gastos en caso de inspección.

La declaración de la renta de los autónomos es un poco diferente a la de los trabajadores por cuenta ajena, por lo que nunca está de más contar con ayuda especializada a la hora de elaborarla.

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