Qué es el Código Cuenta de Cotización (CCC): Cómo se solicita y obligaciones del empresario

La Ley General de la Seguridad Social establece que todos los empresarios o trabajadores por cuenta propia que contraten o tengan intención de contratar a empleados, necesitan tener un Código de Cuenta de Cotización

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tiene una forma de identificar de forma única a todo el que paga algún tipo de cuota a la Seguridad Social, comprendiendo a empresarios y, en general, a todos los sujetos responsables de pago de cuotas. Vamos a ver qué es el CCC (Código de Cuenta de Cotización), de qué partes consta y en qué medida vincula a los empresarios una vez solicitado.

¿Qué es el Código Cuenta de Cotización?

La Ley General de la Seguridad Social establece que todos los empresarios o trabajadores por cuenta propia que contraten o tengan intención de contratar a empleados, necesitan tener un Código de Cuenta de Cotización (CCC), ya que las contrataciones laborales implican el pago de cuotas a la TGSS.

Por consiguiente, la Seguridad Social se vale de los CCC para controlar que las distintas entidades cumplan con el pago de las cotizaciones y demás partidas a las que están obligadas. Es un código numérico que consta de once dígitos, y que la TGSS asigna a las empresas y autónomos para que paguen las cuotas correspondientes a sus trabajadores

Cada código es inscrito en el Registro de Empresas por la TGSS: este registro es un gran listado donde se encuentran los datos de cotización de todas las entidades (autónomos y empresas) que han contraído esta obligación.

Es importante saber que cada actividad empresarial requiere de la asignación de un único Código de Cuenta de Cotización, por lo que cada actividad adicional requerirá de un nuevo CCC; además, si la empresa abriese un nuevo centro de trabajo en otra provincia, tendría que solicitar un segundo CCC a la Seguridad Social.

¿Cómo se solicita el CCC?

Para la solicitud del CCC, la empresa debe dirigirse a la sede electrónica de la Seguridad Social (se requiere acceso mediante certificado digital, estar dado de alta en el sistema Cl@ve, o acceder mediante usuario y contraseña), o descargar el modelo TA.6 y presentarlo en alguna de las delegaciones territoriales de la TGSS.

Si se opta por la vía telemática, una vez dentro, se dará a elegir al usuario si quiere solicitar un CCC principal o un CCC secundario: asimismo, se pedirá consignar el régimen de cotización, e indicar expresamente si se pertenece al Régimen Especial de la Minería del Carbón.

El siguiente paso consiste en rellenar una serie de datos personales:

  • Domicilio social. Se puede consignar a efectos de notificaciones: tipo de vía, nombre, código postal y teléfono.
  • Domicilio de la actividad. Es la misma estructura del apartado anterior, pero haciendo referencia en concreto a la dirección física de la empresa.
  • Código de la actividad económica. Tiene un buscador de CNAE, y aquí también se consignan las fechas de inicio de la actividad y de alta en la Seguridad Social, así como la mutua (entidad de accidentes de trabajo) elegida.
  • ETT, solo para las empresas de trabajo temporal que tengan trabajadores de estructura o cedidos.
  • Datos personales de contacto: de forma opcional, se piden el número de teléfono y la dirección de correo electrónico.
  • Después, se pide consignar el código del convenio colectivo al que se adscriben los trabajadores contratados.

Estructura del CCC

Cada código se compone, como dijimos, de once dígitos. Cada grupo de números codifica una información en concreto, a saber:

  • Los dos primeros dígitos señalan la provincia en la que se registra el CCC, es decir, a qué delegación territorial de la Seguridad Social correspondería la recaudación de la cuota. Se sigue la numeración desde el “01” en adelante.
  • Los siete dígitos siguientes constituyen el identificador único del CCC.
  • Los dos últimos dígitos son solo de control, y se calculan automáticamente para verificar que el código completo es correcto.

Obligaciones del empresario con respecto al CCC

Por una parte, como hemos dicho en el primer apartado, todos los empresarios están obligados a contar con un CCC, como mínimo, por cada actividad económica que desarrollen. Asimismo, todos los empleados que estén contratados deben estar inscritos en la Seguridad Social, so pena de exponerse a graves sanciones por parte de la TGSS.

El empresario está obligado a mantener actualizada toda la información que se haya incorporado al Registro de Empresa; esto implica la necesidad de comunicar cualquier variación de datos a la TGSS una vez se haya hecho efectiva la inscripción. Estos cambios comprenden:

  • Denominación social.
  • Domicilio.
  • Mutua colaboradora.
  • Actividad económica.
  • Cese de la actividad (temporal o definitiva).

Analizando qué es el CCC, vemos que se trata de una forma en la que la TGSS controla que todas las entidades profesionales que contratan empleados cumplen con la normativa en materia de Seguridad Social, al inscribirlos y cotizar por ellos.

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