Contrato de relevo

El contrato de relevo es una modalidad no muy conocida en España. En este artículo, analizamos qué es el contrato de relevo, qué ventajas e inconvenientes presenta y qué requisitos se necesitan para suscribirlo.

El contrato de relevo no es precisamente una de las modalidades de contratación laboral más populares en España: sin embargo, su vinculación con la jubilación anticipada hace que este tipo de contrato sea muy interesante tanto para las empresas como para los trabajadores. Vamos a analizar qué es el contrato de relevo, qué ventajas e inconvenientes presenta y qué requisitos se necesitan para suscribirlo.

¿Qué es el contrato de relevo?

El contrato de relevo es un tipo de contrato a tiempo parcial cuyo objeto es reemplazar la vacante laboral que deja un trabajador que se acoge a la jubilación anticipada o a la jubilación parcial (una vez que se haya superado la edad ordinaria de jubilación).

El marco jurídico español regula los contratos de relevo en los artículos 12.6 y 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto-ley 5/2013. Ambas fuentes de derecho establecen que la suscripción de este tipo de contratos será obligatoria cuando algún empleado solicite la jubilación parcial antes de haber alcanzado la edad ordinaria, en tanto en cuanto la empresa decida contratar a otro trabajador para cubrir la vacante que deja el empleado que se jubila.

¿Cómo funciona el contrato de relevo?

El objetivo de los contratos de relevo es que la empresa incorpore, de forma gradual, nuevos trabajadores en modalidad de contratación indefinida para sustituir a aquellos empleados que se acojan a la jubilación parcial. No obstante, la empresa no está obligada a suscribir un contrato indefinido con el trabajador sustituto.

La índole gradual se explica a partir del solapamiento que existe entre el trabajador que sale (el que se jubila) y el que se incorpora (el que va cubriendo sus funciones laborales). La coexistencia de ambos empleados en la empresa dura hasta que el trabajador se jubila de forma definitiva, momento en el cual el empleado incorporado le reemplaza completamente.

Por lo tanto, el nuevo trabajador debe ocupar el mismo puesto que deja libre el empleado que se vaya a jubilar o, en su defecto, un puesto similar a efectos jerárquicos y funcionales.

También se entiende que la duración de la jornada del trabajador sustituto debe coincidir, como mínimo, con la duración de la reducción de la jornada del trabajador que se vaya a jubilar.

Esta condición, sin embargo, no imposibilita que el sustituto pueda desempeñar su actividad laboral a jornada completa, de modo que exista también un solapamiento horario entre ambos empleados. Las empresas que formalizan así los contratos de relevo lo hacen para que los trabajadores que vayan a jubilarse dediquen cierto tiempo a formar e instruir en las funciones de su puesto a los trabajadores que posteriormente les reemplazarán.

Se añade como requisito obligatorio que exista una correspondencia entre las bases de cotización de los dos empleados, de modo que la base reguladora del trabajador que se incorpore no sea inferior al 65% de la media de las últimas 6 bases reguladoras mensuales del trabajador que se vaya a jubilar.

¿A quién se le puede suscribir un contrato de relevo?

Para que una empresa suscriba un contrato de relevo con un trabajador, este ha de encontrarse obligatoriamente en situación de desempleo: no se permite contratar a personas en activo que ya estén trabajando para otras empresas.

La empresa tampoco podrá formalizar este tipo de contratación con empleados propios que ya estén vinculados con una modalidad de contrato indefinido. Sí se permite contratar a trabajadores que ya hubieran concertado con la empresa un contrato de duración determinada.

¿Cómo se formaliza el contrato de relevo?

En el modelo de contrato de relevo se han de indicar los datos del trabajador que se jubila (el que deja libre su puesto y cuya sustitución motiva el contrato), especificando la proporción de la jornada que se ve reducida por la jubilación parcial.

Análogamente, se incluyen los datos del trabajador que se incorpora, y se reflejan las funciones profesionales que desempeñará y la duración de su jornada laboral.

Ventajas e inconvenientes del contrato de relevo

Los beneficios de los contratos de relevo son evidentes en tanto en cuanto:

  1. Fomentan la contratación indefinida (aunque no vinculen a ella).
  2. Promueven la inserción laboral de personas desempleadas.
  3. Facilitan los relevos generacionales en las empresas.

Sin embargo, la principal desventaja de este contrato es que reduce el abanico de perfiles aptos para la contratación, y tampoco garantiza que la persona que sustituya al empleado que se jubila parcialmente acabe plenamente incorporada (ya que esta decisión siempre corresponderá a la empresa).

La jubilación parcial con contrato de relevo en 2022 es aquella que se inicia tras haber cumplido la edad de 60 años, y/o una vez superada la edad ordinaria de jubilación, que se establece para este nuevo año en 66 años y 2 meses. Con esta modalidad, las empresas pueden cubrir las vacantes que dejen los empleados acogidos a la jubilación parcial a la par que contribuyen a la inserción laboral de personas desempleadas.

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