Determinar cuánto se paga a la Seguridad Social por un trabajador con jornada completa es una de las principales dudas a la hora de contratar. Más allá del salario bruto, existen cotizaciones obligatorias que deben asumir tanto la empresa como el empleado, y que incrementan notablemente el coste total.
En este artículo desglosamos cada uno de los componentes que intervienen en el cálculo de la cuota mensual, cómo se aplican los porcentajes vigentes en 2025 y qué diferencias existen según el tipo de contrato o régimen. También abordamos bonificaciones disponibles y errores comunes que pueden generar costes innecesarios.
Índice de contenidos
Coste de cotización a la Seguridad Social para un trabajador a jornada completa
Un trabajador con contrato de 40 horas semanales genera una cotización mensual cercana al 36 % del salario bruto. De ese porcentaje, la empresa asume la mayor parte (≈30 %) y el resto (≈6 %) lo aporta el trabajador. El coste final dependerá del salario base y de posibles bonificaciones aplicables.
¿Quieres saber cuánto te cuesta contratar a un trabajador? Échale un vistazo a nuestra calculadora de coste por trabajador para saberlo de forma gratuita.
Salario base y base de cotización en una jornada completa
Para calcular lo que se paga a la Seguridad Social, el punto de partida es el salario bruto mensual del trabajador. En 2025, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es de 1.134 € en 14 pagas, lo que equivale a 1.323 € mensuales en 12 pagas. Este importe establece el mínimo legal para una jornada completa.
La base de cotización incluye no solo el salario base, sino también complementos salariales, pagas extras prorrateadas y cualquier retribución en especie. Así, si un trabajador cobra 1.500 € brutos al mes, esa será su base de cotización a la Seguridad Social, salvo que existan topes mínimos o máximos establecidos.
Tipos de cotización a la Seguridad Social
Las cotizaciones sociales se dividen en varios conceptos, cada uno con su propio tipo aplicado sobre la base de cotización. En 2025, los principales tipos en el régimen general son:
- Contingencias comunes:
- 28,30 % total
- 23,60 % a cargo de la empresa
- 4,70 % a cargo del trabajador
- Contingencias profesionales (accidentes y enfermedades laborales):
- Tipo variable según actividad, pero en la mayoría de sectores ronda el 1,50 %, pagado íntegramente por la empresa.
- Desempleo:
- 7,05 % total
- 5,50 % empresa
- 1,55 % trabajador
- Formación profesional:
- 0,70 % total
- 0,60 % empresa
- 0,10 % trabajador
- Fondo de Garantía Salarial (FOGASA):
- 0,20 % pagado solo por la empresa
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI):
- 0,70 % total
- 0,58 % empresa
- 0,12 % trabajador
Todos estos porcentajes se aplican sobre la base de cotización para determinar la cuota mensual total.
Cálculo de la cuota mensual: ejemplo práctico
Supongamos un trabajador con un salario bruto mensual de 1.800 € en 12 pagas. Esta será también su base de cotización. Aplicando los tipos de cotización vigentes:
- Aportación del empleador:
- Contingencias comunes (23,60 %): 424,80 €Contingencias profesionales (1,50 % aprox.): 27,00 €Desempleo (5,50 %): 99,00 €Formación profesional (0,60 %): 10,80 €FOGASA (0,20 %): 3,60 €MEI (0,58 %): 10,44 €
- Aportación del trabajador (se deduce del salario):
- Contingencias comunes (4,70 %): 84,60 €Desempleo (1,55 %): 27,90 €Formación profesional (0,10 %): 1,80 €MEI (0,12 %): 2,16 €
Cuota total a la Seguridad Social:
692,10 € mensuales, de los cuales el empresario paga el 83 %.
Diferencia entre lo que paga la empresa y el trabajador
En el caso de un trabajador con un salario bruto mensual de 1.800 euros, la cotización total a la Seguridad Social asciende a 692,10 euros. Sin embargo, esta cantidad no se reparte a partes iguales entre empresa y trabajador.
- La empresa paga 575,64 euros al mes, lo que representa el 31,98 % del salario bruto. Este importe incluye cotizaciones por contingencias comunes, desempleo, formación profesional, accidentes de trabajo, FOGASA y el MEI. Es un gasto adicional que la empresa debe asumir además del salario del trabajador.
- El trabajador paga 116,46 euros al mes, deducidos directamente de su nómina. Esto supone el 6,47 % de su salario bruto y se destina a cubrir su parte proporcional de contingencias comunes, desempleo, formación y el MEI.
Por tanto, aunque el trabajador recibe 1.800 euros brutos, en realidad percibe 1.683,54 euros netos, mientras que a la empresa le cuesta un total de 2.375,64 euros mensuales (salario bruto + cotizaciones empresariales).
Este reparto refleja el modelo contributivo del sistema, en el que el empleador asume la mayor parte del esfuerzo económico.
Bonificaciones aplicables en ciertos casos
El sistema de la Seguridad Social contempla una serie de bonificaciones y reducciones que pueden aplicarse sobre las cotizaciones, con el objetivo de fomentar el empleo, apoyar la inserción laboral de colectivos vulnerables o incentivar ciertos tipos de contratos. Estas bonificaciones no se aplican automáticamente, sino que deben cumplir determinados requisitos y tramitarse correctamente.
Algunos ejemplos de bonificaciones comunes son:
- Contratación de jóvenes menores de 30 años o mayores de 45 años desempleados de larga duración.
- Personas con discapacidad: reducción de hasta el 100 % de la cuota empresarial, según el grado de discapacidad y tipo de contrato.
- Contratos de formación en alternancia: cotización reducida con bonificación del 100 % en la mayoría de conceptos.
- Reincorporación tras maternidad o paternidad: bonificación del 100 % de la cuota empresarial durante 12 meses.
- Transformación de contratos temporales en indefinidos: en algunos casos, pueden generar bonificaciones de hasta 1.500 euros anuales.
Aplicando estas bonificaciones al ejemplo práctico anterior, si el empleador tuviera derecho a una reducción del 30 % sobre sus cotizaciones, pasaría de pagar 575,64 euros a pagar aproximadamente 402,95 euros. Esto reduciría el coste total mensual para la empresa a 2.202,95 euros, en lugar de 2.375,64 euros.
Estas bonificaciones pueden suponer un ahorro significativo, pero es imprescindible gestionarlas correctamente y cumplir con las condiciones establecidas en la normativa.
Comparativa con otros tipos de jornada o regímenes
El importe de las cotizaciones a la Seguridad Social no es fijo, sino que varía en función de la jornada laboral, el tipo de contrato y el régimen de afiliación del trabajador. A continuación, se presenta una comparativa general frente a la jornada completa en régimen general:
1. Jornada parcial
En contratos a tiempo parcial, las cotizaciones se calculan sobre una base proporcional al número de horas trabajadas. Aunque los porcentajes aplicables son los mismos, la base de cotización es menor, lo que reduce la cuota total. Sin embargo, las bases mínimas establecidas por la Seguridad Social pueden hacer que se cotice más de lo que correspondería por horas si el salario es bajo.
2. Autónomos (RETA)
Los trabajadores autónomos eligen su base de cotización dentro de unos límites marcados por la ley. En 2025, las bases mínimas oscilan según los rendimientos netos declarados. El tipo de cotización general es del 31,2 %. Por ejemplo, un autónomo con una base de 1.000 euros paga unos 312 euros mensuales, aunque no existe aportación del empleador, ya que es su propio pagador.
3. Empleadas del hogar
En este régimen, los porcentajes y tramos son diferentes. Las cotizaciones se aplican sobre bases establecidas por tramos salariales, y existen bonificaciones específicas, como la reducción del 20 % para nuevos contratos o del 45 % si se trata de una familia numerosa. Para 40 horas semanales, el coste total en 2025 puede oscilar entre 1.800 y 1.900 euros mensuales, incluyendo salario y cotización.
4. Régimen agrario
Los trabajadores agrarios por cuenta ajena tienen tipos de cotización adaptados y, en muchos casos, bases más reducidas. Además, las empresas agrícolas pueden beneficiarse de importantes reducciones y bonificaciones según la actividad y ubicación.
Conclusión: Aunque el régimen general con jornada completa es el estándar más común, cada modalidad tiene sus particularidades. Las diferencias en las bases de cotización y los tipos aplicables hacen que el coste final para la empresa o el trabajador pueda variar de forma significativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si el salario es superior al mínimo? ¿Aumenta la cotización?
Sí. La base de cotización se calcula en función del salario bruto. Cuanto mayor sea este, mayor será la base y, por tanto, más elevada la cuota a pagar por empresa y trabajador, siempre que no se superen las bases máximas establecidas por la Seguridad Social.
¿Cuáles son las bases mínimas y máximas de cotización en 2025?
En 2025, la base mínima mensual en régimen general es de 1.323 euros (correspondiente al SMI en 12 pagas), mientras que la base máxima es de 4.720,50 euros. Estas cifras son revisadas anualmente por el Gobierno.
¿Se paga Seguridad Social durante una baja médica?
Sí. Durante una incapacidad temporal, la empresa sigue cotizando por el trabajador. En algunos casos, como en enfermedades comunes, el pago de la prestación pasa al INSS o a la mutua, pero las cotizaciones deben mantenerse.
¿Qué ocurre si no se cotiza correctamente?
Las empresas que no ingresan las cuotas a la Seguridad Social pueden enfrentarse a sanciones económicas, recargos por demora e incluso responsabilidades penales en casos graves. Además, puede afectar a los derechos del trabajador (paro, pensión, etc.).
¿Es posible calcular la cotización exacta online?
Sí. La Seguridad Social ofrece herramientas como el Sistema RED y el simulador de cuotas en su sede electrónica. Además, muchas asesorías laborales proporcionan simuladores actualizados para calcular el coste por trabajador según el salario y tipo de contrato.