Inversión del sujeto pasivo: cuando el destinatario paga el IVA

Un sujeto pasivo es aquella figura cuya actividad genera un impuesto: la inversión del sujeto pasivo sucede cuando el vendedor satisface el IVA de la operación, en lugar del comprador.

El significado de sujeto pasivo es aquella empresa o profesional cuya actividad genera un impuesto en el TAI (Territorio de Aplicación del Impuesto) y que, por lo tanto, lo transmite hasta llegar al contribuyente: sin embargo, existen ciertos casos previstos por la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, LIVA) en los que algunas de estas figuras intercambian sus papeles, dándose entonces la situación de inversión del sujeto pasivo.

Qué es la inversión del sujeto pasivo

En las operaciones de compra y venta de bienes o servicios, es el contribuyente quien satisface el IVA, mientras que las figuras intermediarias actúan como sujetos pasivos del impuesto, soportándolo y deduciéndoselo como transmitentes hasta que finalmente llega a manos del contribuyente.

Hablaremos de inversión del sujeto pasivo (o cambio de sujeto de IVA) cuando el destinatario de alguna de las mencionadas operaciones, actuando como comprador, sea el responsable de satisfacer el importe del impuesto ante la Agencia Tributaria, en vez de pagarlo al comprador: tenlo en cuenta para reflejar correctamente en tu ERP en la nube.

Según el artículo 84.1 de la LIVA, este impuesto debe ser repercutido por el vendedor (sujeto pasivo) al comprador: ocurre cuando el transmitente (toda persona física o jurídica, empresario o profesional que esté actuando como tal) realice una entrega de bienes o servicios sujeta a IVA dentro del TAI.

Los artículos 69, 70 y 72 de la LIVA establecen que estaremos ante una situación de inversión de sujeto pasivo cuando la operación esté localizada en el TAI, pero quien la realiza no está establecido en él.

Casos de inversión del sujeto pasivo

Las operaciones realizadas por personas o entidades no establecidas en el TAI constituyen, por lo tanto, el caso típico de inversión del sujeto pasivo; no obstante, se prevén otros escenarios de operaciones susceptibles, en las que la LIVA pretende poner coto a operaciones potencialmente fraudulentas:

  • Entregas de oro de ley superior a 325 milésimas
  • Entregas de desperdicios y desechos industriales nuevos
  • Prestaciones de servicios cuyo objeto sean derechos o reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero
  • Entregas de bienes inmuebles que hayan surgido por un proceso concursal
  • Entregas de bienes inmuebles exentas donde el sujeto pasivo haya renunciado a la exención
  • Entregas de bienes inmuebles efectuadas en ejecución de su garantía, cuando el inmueble es transmitido a cambio de la exención o extinción de la deuda garantizada
  • Ejecuciones de obra, con sus cesiones de personal y contratos formalizados entre promotor y contratista, cuyo objeto sea la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones
  • Rehabilitación de locales de negocios acometidas por el arrendatario

La reforma fiscal de 2015

La LIVA fue objeto de ciertas modificaciones a lo largo del tiempo: en el ámbito que nos ocupa, la Ley 28/2014, de 27 de noviembre merece una mención especial, puesto que supuso la incorporación de nuevos casos aptos para la inversión del sujeto pasivo.

Por un lado, se incluyen las operaciones de venta o transformación de plata, platino y paladio (en bruto, en polvo o semielaborado), no incluidos en el ámbito de aplicación del régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

Por otro lado, se adhieren a la lista aquellas operaciones de venta de teléfonos móviles, tabletas digitales, ordenadores portátiles o consolas de videojuegos, en las que el destinatario sea una empresa o profesional que actúe como revendedor, o bien cuando, aunque no actúe como revendedor, el importe total de la base imponible de los bienes entregados supere los 10 000 euros en la misma factura.

Cómo funciona la inversión del sujeto pasivo

El vendedor, como prestador de los servicios afectos a esta condición, será el encargado de reflejar en la factura la inversión del sujeto pasivo; dicha factura debe ser presentada sin IVA, y además recoger esta información:

Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 84. Uno.2º de la Ley 37/1992

El emisor de la factura deberá declarar estas cantidades en el modelo 303 (IVA trimestral), en el apartado «operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a la deducción«; la suma de las cantidades tendrá que ser trasladada al modelo 390 (IVA anual), en el apartado «operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo«.

Por su parte, el receptor de la factura la registrará declarando su base imponible en el modelo 303, como parte del IVA devengado, en las casillas 12 y 13, y en las que corresponda dentro del IVA deducible.

Ejemplo de inversión del sujeto pasivo

El promotor de un edificio destinado al alquiler de viviendas encarga su construcción, y el constructor subcontrata la instalación eléctrica: el electricista emite una factura sin IVA al constructor, y el constructor hace lo propio con el promotor.

En esta secuencia, el constructor deduce y repercute el IVA, pero el promotor lo tiene que ingresar en Hacienda; si el edificio estuviera destinado a la venta de viviendas, locales y al alquiler de locales comerciales, en cambio, también podría deducirse y repercutir el IVA.

Es necesario que conozcas los casos en los que se puede dar la inversión del sujeto pasivo: prueba STEL Order para que tengas controladas en todo momento tus obligaciones tributarias.

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