Falsos autónomos: Qué son, riesgos, sanciones y cómo denunciarlos

Los falsos autónomos son una práctica ilegal en la que las empresas explotan a los trabajadores, evitando responsabilidades y derechos laborales. Descubre qué son, cómo identificarlos, las multas y sanciones, y cómo denunciar esta situación. Protege tus derechos y combate el fraude laboral.

Seguro que has oído alguna vez el término «falso autónomo», pues son muchas las empresas que incurren en esta modalidad de trabajo, utilizando trabajadores que se dan de alta en el régimen de autónomos, pero que materialmente realizan funciones de un empleado.

Se trata de una práctica que está prohibida pues atenta contra los derechos de los trabajadores, por lo que es necesario proceder a su denuncia si se es consciente de esta práctica, alguna empresa la ofrece o si se es víctima de la misma.

A continuación, te ofrecemos toda la información que necesitas sobre los falsos autónomos, qué son, cuáles son sus riesgos, cómo se puede denunciar esta situación y qué multas o sanciones lleva acarreadas, entre otros datos relevantes.

Qué es un falso autónomo

Cuando hablamos de falso autónomo, nos estamos refiriendo a una persona que, a pesar de trabajar por cuenta propia y estar dado de alta en el Régimen General de Autónomosen realidad tiene una relación laboral encubierta de dependencia con la empresa para la cual trabaja. Es decir, aunque se le presenta como autónomo, y aparentemente tiene cierta autonomía en su trabajo, está sujeto a las mismas condiciones y control que un empleado regular de la empresa.

Este concepto surge en el ámbito laboral para identificar situaciones en las que una persona está realizando tareas habituales y permanentes para una empresa, pero la empresa le exige que se registre como autónomo en lugar de contratarla como empleada.

De esta manera, la empresa evita obligaciones como el pago de cotizaciones a la seguridad social, la protección laboral, las vacaciones pagadas y otros beneficios laborales.

Cómo descubrir un falso autónomo

Según la jurisprudencia, se considera un falso autónomo cuando se cumplen los siguientes criterios:

  • Retribución. El trabajador recibe una contraprestación salarial constante durante un largo período de tiempo y de un mismo cliente.
  • Ajenidad. El trabajo realizado beneficia a un tercero (la empresa o cliente), quien asume los riesgos y costes de producción.
  • Dependencia. Existe una relación de subordinación hacia el cliente o empresa, lo que implica estar sujeto a la jerarquía de la empresa, recibir instrucciones del empresario, trabajar en el lugar designado por el empresario, utilizar los materiales proporcionados por el empresario y tener un horario laboral establecido.

Diferencia entre un autónomo dependiente y un falso autónomo

Es importante conocer la diferencia entre un TRADE (autónomo dependiente) y un falso autónomo, pues los primeros son legales mientras que los falsos autónomos están prohibidos en la legislación española.

El autónomo dependiente no cumple con los criterios que definen una relación laboral, como la retribución, ajenidad y dependencia, aunque pueda depender en gran medida de un mismo cliente para más del 75 % de su facturación.

A diferencia del falso autónomo, el TRADE tiene la responsabilidad de organizar su actividad con sus propios medios, sin interferencias significativas de su cliente. Además, su actividad debe ser claramente distinta a las tareas realizadas por los empleados asalariados de la empresa y asume el riesgo de su actividad.

Por qué las empresas buscan falsos autónomos

Muchas empresas deciden utilizar falsos autónomos en lugar de asumir la necesidad de contratar nuevo personal para asumir ciertas tareas o procesos. Los principales motivos por los que estas empresas buscan falsos autónomos son:

  • Ahorrar en costes laborales. Al contratar falsos autónomos, las empresas evitan pagar las cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador, lo cual reduce significativamente sus gastos. El trabajador asume la responsabilidad de pagar la cuota de autónomo, lo cual beneficia económicamente a la empresa, y supone una disminución de sus beneficios y derechos.
  • Flexibilidad y facilidad de terminación del contrato. Al no existir una relación laboral formal, la empresa puede poner fin a la colaboración con un falso autónomo sin tener que justificarlo ni pagar indemnizaciones. Esto proporciona a la empresa una mayor flexibilidad para ajustar su plantilla según las necesidades de cada momento, sin incurrir en costos adicionales.
  • Evitar obligaciones legales y derechos laborales. Al utilizar falsos autónomos como trabajadores, la empresa evita proporcionar los derechos y beneficios laborales que corresponden a un empleado regular, como vacaciones pagadas, protección laboral, seguridad social, entre otros. 
  • Maximizar competitividad. Al reducir los costes laborales y tener mayor flexibilidad en la gestión de su personal, las empresas pueden aumentar su competitividad en el mercado. El ahorro en costos les permite ofrecer precios más competitivos o invertir en otras áreas de su negocio.

Cuáles son los riesgos que supone ser un falso autónomo

Ser un falso autónomo conlleva ciertos riesgos, especialmente en relación a la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social y su artículo 22. Estos riesgos incluyen:

Infracción grave por no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores

Según la Ley, es considerada una infracción grave no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen al servicio de la empresa. Si se descubre que la empresa ha tenido falsos autónomos y no ha realizado los trámites de afiliación correspondientes, puede enfrentar sanciones por cada trabajador afectado.

Incurrir en fraude laboral

Considerar a los trabajadores como falsos autónomos se considera fraude laboral. Esto implica que la empresa está evadiendo sus responsabilidades y obligaciones laborales hacia los empleados y si, la Inspección de Trabajo detecta esta situación, puede tomar medidas adicionales y aplicar sanciones más severas (incluyendo acciones penales en casos de importes elevados de cuotas impagadas).

Sanciones económicas

Como consecuencia de la infracción mencionada, la Inspección de Trabajo tiene el poder de imponer sanciones económicas a la empresa. Estas multas pueden ser significativas y varían en su cuantía, dependiendo del grado de la infracción (veremos estas sanciones de forma amplia en el siguiente apartado).

Cuál es la multa o sanción por ser falso autónomo

Las multas por tener falsos autónomos varían dependiendo del grado de la infracción. Estas son las siguientes:

  • Sanción de grado mínimo. La multa puede oscilar entre 3126 y 6250 euros.
  • Sanción de grado medio. La multa puede variar entre 6251 y 8000 euros.
  • Sanción de grado máximo. La multa puede estar en el rango de 8001 a 10 000 euros.

Además de las multas mencionadas, la Inspección de Trabajo puede imponer otras medidas y exigencias al empleador. Estas incluyen:

  • Alta inmediata en el Régimen General de la Seguridad Social. El empresario deberá dar de alta al trabajador como empleado en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • Pago de cuotas no ingresadas. El empleador puede ser requerido para pagar las cotizaciones que el trabajador debería haber aportado al Régimen General durante el tiempo en que se consideró falso autónomo. Estas cuotas pueden corresponder a los últimos cuatro años.
  • Recargos por cotizaciones no ingresadas. Además de las cuotas no ingresadas, pueden aplicarse recargos que varían entre el 100 % y el 150 % sobre el monto de las cotizaciones adeudadas.

Es importante destacar que, si el importe de las cuotas impagadas en los últimos cuatro años alcanza los 50 000 euros, tener falsos autónomos puede considerarse no solo como un fraude laboral, sino también como un delito penal (con las posibles consecuencias correspondientes a este ámbito judicial).

Cómo se puede denunciar una situación de falso autónomo

Si se está en la situación de falso autónomo, es muy importante realizar una denuncia para poder solventar el problema y así acceder a un régimen laboral adecuado con la actividad que se esté realizando, garantizando que se pueda disfrutar de todos los derechos que corresponden.

Para denunciar la situación de falso autónomo, hay que utilizar una de estas tres vías disponibles:

1. Inspección de Trabajo

Puedes dirigirte a la Inspección de Trabajo para presentar una denuncia y que ellos se encarguen de investigar y tomar medidas legales si se confirma el caso de falso autónomo. Puedes comunicar tu situación y proporcionar todos los detalles relevantes para respaldar la correspondiente denuncia.

2. Buzón de lucha contra el fraude laboral de la Seguridad Social

También puedes presentar un escrito al Buzón de lucha contra el fraude laboral de la Seguridad Social donde debes indicar los datos de identificación de la empresa y seleccionar el epígrafe correspondiente a «trabajadores sin contrato y falsos autónomos«. Explica brevemente la situación en tu mensaje para que puedan evaluar y actuar de manera adecuada y eficiente.

3. Denuncia ante los juzgados de lo social

Si ya has finalizado tu contrato como falso autónomo, y deseas obtener una indemnización similar a la de un despido de un empleado regular, puedes presentar una denuncia ante los juzgados de lo social. 

Un juez determinará si la relación establecida era realmente un caso de falso autónomo y tomará una decisión sobre si procede la indemnización y su cuantía.

Cómo actúa la Inspección de Trabajo ante los falsos autónomos

Es importante tener en cuenta que este problema con los falsos autónomos no se limita únicamente a España. Según la Comisión Europea, se estima que hay hasta 5,5 millones de personas consideradas fraudulentamente como autónomos en Europa.

La Comisión está trabajando en una directiva para mejorar las condiciones laborales de estas personas y garantizar una clasificación adecuada como trabajadores por cuenta ajena en servicios digitales, poniendo fin a la figura de los falsos autónomos.

En España, la Inspección de Trabajo tiene como objetivo regularizar la situación de los falsos autónomos y combatir el fraude laboral, y para lograrlo, está aplicando distintas medidas y actuaciones:

Intensificación de la actividad inspectora

La Inspección de Trabajo ha aumentado su actividad en la detección y regularización de los falsos autónomos en los últimos años. Por ejemplo, durante el año 2022 se llevaron a cabo 13 450 investigaciones en empresas para abordar esta problemática.

Investigaciones y sanciones

Estas investigaciones resultaron en la identificación de 27 183 infracciones relacionadas con la contratación de falsos autónomos. Como consecuencia, se tomaron medidas sancionadoras y se exigieron acciones correctivas a las empresas infractoras.

Regularización de empleos

Como resultado de las acciones de la Inspección de Trabajo, se logró regularizar un total de 38 779 empleos que se encontraban en situación de fraude laboral como falsos autónomos. Esto implica que estos trabajadores pasaron a tener un estatus de empleo por cuenta ajena, con los derechos y protecciones correspondientes.

Sectores afectados

Los sectores más afectados por la figura del falso autónomo, y en los cuales se llevaron a cabo más regularizaciones, fueron el transporte y almacenamiento, así como el comercio al por mayor y al por menor.

Un falso autónomo es un problema grave que sufre el mundo laboral, donde las empresas se aprovechan de los trabajadores para ahorrar costes y evitar muchas de sus responsabilidades obligatorias.

Utilizar falsos autónomos es una práctica prohibida en España y está sancionada con multas que pueden llegar a importes realmente elevados. Denunciar esta modalidad de empleo que es fraude de ley debe ser una prioridad para cualquier persona que conozca se su existencia o la sufra.

STEL Order

Equipo de redacción de STEL Order, formado por profesionales con experiencia en diversos ámbitos de la gestión y facturación tanto de empresas como de autónomos. Contenidos editados, revisados y actualizados por profesionales. Si desea comunicarse con nosotros sobre sugerencias de modificaciones en los artículos puede hacerlo en el siguiente correo: marketing+redaccion@stelorder.com.

Perfil de Linkedin

Últimos artículos

Calendario laboral Comunidad de Madrid para 2025: festivos, puentes y días locales

Calendario laboral Comunidad Valenciana para 2025: festivos, puentes y días locales

7 apps para organizar tareas y proyectos

Renting: cómo se contabiliza